El finiquito es el documento que liquida lo que la empresa te debe cuando termina tu contrato. Para calcular el finiquito tienes que sumar tres conceptos: los días que has trabajado y no te han pagado, las vacaciones generadas que no has disfrutado y la parte proporcional de las pagas extra. Te explico qué incluye, qué no, y cómo hacer la cuenta con un ejemplo antes de firmar.
Finiquito e indemnización no son lo mismo
Es la confusión más habitual, y conviene aclararla pronto. El finiquito es la liquidación de lo que ya has devengado. La indemnización es una cantidad aparte que solo se paga en determinados casos, como un despido o el fin de algunos contratos temporales.
- Finiquito
- Documento que recoge las cantidades pendientes de pago al terminar la relación laboral, sea cual sea la causa.
- Indemnización
- Compensación económica que la ley prevé en ciertos supuestos de extinción del contrato. No se cobra siempre.
- Certificado de empresa
- Documento que la empresa envía al SEPE para que puedas solicitar la prestación por desempleo. No es el finiquito. El SEPE lo incluye en la documentación de la prestación contributiva.
Si dimites, cobras el finiquito, pero no una indemnización. Si quieres saber qué prestación te corresponde después, lo explicamos en nuestra guía de cuánto cobro de paro.
Qué incluye el finiquito
- Salario de los días trabajados del último mes que aún no te han abonado.
- Vacaciones devengadas y no disfrutadas. Se compensan en dinero cuando termina el contrato.
- Parte proporcional de las pagas extraordinarias, si no las cobras prorrateadas en la nómina mensual.
- Pluses, horas extra o comisiones devengados y pendientes de pago.
Qué pluses entran y cómo se calculan las vacaciones o las pagas depende de tu convenio colectivo y de tu contrato. Revísalos antes de hacer la cuenta.
Cómo calcular el finiquito paso a paso
- Calcula tu salario diario. Divide tu salario bruto mensual entre 30.
- Multiplica por los días trabajados del último mes.
- Calcula las vacaciones pendientes. Averigua cuántos días has generado hasta la fecha de salida, resta los que has disfrutado y multiplica por el salario diario.
- Calcula la parte proporcional de las pagas extra que aún no has cobrado.
- Suma los conceptos. El resultado es el finiquito bruto. De esa cantidad se descuentan las cotizaciones a la Seguridad Social y la retención del IRPF.
Ejemplo práctico de cálculo
Veamos un caso inventado, solo para ilustrar la fórmula. Imagina que cobras 1.400 € brutos al mes en 14 pagas, con contrato indefinido, y tu último día de trabajo es el 15 de octubre de 2026. Supón que la paga de Navidad se devenga de julio a diciembre, que tienes 30 días naturales de vacaciones al año y que este año has disfrutado 10.
| Concepto | Cálculo | Importe bruto |
|---|---|---|
| Días trabajados en octubre | 1.400 € ÷ 30 = 46,67 €/día × 15 días | 700,00 € |
| Paga extra de Navidad (parte proporcional) | 1.400 € × 107 días ÷ 184 días (del 1 de julio al 15 de octubre) | 814,13 € |
| Vacaciones no disfrutadas | 30 días × 288 ÷ 365 = 23,67 días generados − 10 disfrutados = 13,67 días × 46,67 € | 637,99 € |
| Total finiquito bruto | 700,00 + 814,13 + 637,99 | 2.152,12 € |
Lo que recibirías en tu cuenta sería menos, porque de ese importe bruto se restan la cotización y el IRPF. Si tu convenio calcula las vacaciones o las pagas de otra forma, el resultado cambiaría. Dicho de otra forma: usa el ejemplo para entender la lógica, no como cifra definitiva.
Cuándo hay indemnización además del finiquito
La indemnización depende de cómo termina el contrato. Estas son las cuantías que recoge el Estatuto de los Trabajadores, en su texto consolidado del BOE:
| Causa | Indemnización | Artículo |
|---|---|---|
| Dimisión | No hay indemnización | 49.1.d |
| Fin de un contrato de duración determinada | Parte proporcional de 12 días de salario por año de servicio, salvo en contratos formativos y de sustitución | 49.1.c |
| Despido objetivo | 20 días de salario por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades | 53.1.b |
| Despido improcedente | 33 días de salario por año de servicio, con un máximo de 24 mensualidades | 56.1 |
Para calcular estas indemnizaciones se usa el salario diario anual, es decir, tu salario bruto anual dividido entre 365 e incluyendo las pagas extra. Con los 19.600 € del ejemplo (1.400 € × 14), el salario diario sería de 53,70 €. Con tres años de antigüedad, un despido improcedente supondría 99 días (33 × 3), unos 5.316 €. Es solo un ejemplo ilustrativo; si te encuentras en esta situación, consulta tu caso concreto.
Si trabajas en campañas o con un contrato fijo discontinuo, la liquidación al final de cada periodo de actividad también sigue las garantías del artículo 49.2. Te explicamos cada modalidad en nuestra guía de tipos de contrato de trabajo en España.
Antes de firmar el finiquito
- Pide el desglose por escrito y comprueba cada concepto
- Revisa que se incluyen las vacaciones pendientes y las pagas proporcionales
- Comprueba el salario y la fecha de antigüedad que figuran en el documento
- Puedes pedir que esté presente un representante legal de los trabajadores en la firma
- Si no estás de acuerdo con la cifra, puedes firmar indicando «no conforme»
- Guarda una copia firmada y las últimas nóminas
El artículo 49.2 prevé que, si el empresario impide la presencia del representante, puedes hacerlo constar en el propio recibo. Firmar el recibo en conformidad puede dificultar una reclamación posterior, así que pide asesoramiento antes si tienes dudas. Para más información sobre tus derechos, consulta la categoría de derechos laborales. El Ministerio de Trabajo publica novedades en su perfil oficial en X.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tiene la empresa para pagarme el finiquito?
Debe abonarlo cuando termina la relación laboral, junto con el último salario o en la fecha acordada. Si no lo hace, puedes reclamarlo. Consulta tu convenio y pide asesoramiento si hay retrasos.
¿Tengo derecho al finiquito si dimito?
Sí. Dimitir no te quita lo que ya has devengado: los días trabajados, las vacaciones pendientes y las pagas proporcionales. Lo que no cobras es indemnización.
¿Se pagan las vacaciones que no he disfrutado?
Sí, cuando termina el contrato las vacaciones generadas y no disfrutadas se compensan en dinero. Revisa en tu convenio cómo se calculan.
¿Por qué mi finiquito es menor que mi cálculo?
Probablemente porque tu cálculo es bruto y el finiquito se paga neto, tras restar la cotización y el IRPF. También puede influir cómo se devengan las pagas y las vacaciones en tu convenio.
En resumen
- El finiquito suma días trabajados, vacaciones no disfrutadas y pagas proporcionales.
- La indemnización es distinta y solo se paga en algunos casos.
- La empresa debe darte una propuesta de liquidación antes de firmar.
- Comprueba cada concepto y no firmes si algo no cuadra.
Los importes y las reglas pueden variar según tu convenio y tu situación. Ante una duda concreta, consulta con un graduado social, un abogado laboral o un sindicato.