El periodo de prueba es el tiempo inicial de un contrato en el que tú y la empresa comprobáis si el puesto encaja. Tiene una duración máxima fijada por la ley, y durante ese tiempo conservas casi todos tus derechos. Te explico cuánto puede durar, qué puede hacer cada parte y si puedes cobrar el paro si termina sin que lo esperes.

Qué dice la ley sobre el periodo de prueba

El artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores regula esta figura. Lo más importante es lo siguiente:

  • Debe pactarse por escrito. Si no consta en el contrato, no existe.
  • Su duración máxima la marca primero el convenio colectivo. Solo si el convenio no dice nada se aplican los límites legales.
  • Es nulo si ya has desempeñado las mismas funciones en la misma empresa, con cualquier tipo de contrato.

Cuánto puede durar

Cuando el convenio no establece otra cosa, el Estatuto fija estos máximos:

Duración máxima del periodo de prueba si el convenio no dice otra cosa (Estatuto de los Trabajadores, art. 14)
Situación Duración máxima
Técnicos titulados 6 meses
Resto de trabajadores 2 meses
Resto de trabajadores en empresas de menos de 25 trabajadores 3 meses
Contratos temporales de duración determinada de hasta 6 meses 1 mes, salvo que el convenio disponga otra cosa

Conviene saber que tu convenio puede ampliar o reducir estos plazos, así que es lo primero que debes revisar. Si no sabes qué modalidad tienes, repasa nuestra guía de tipos de contrato de trabajo en España.

Qué derechos tienes durante el periodo de prueba

El artículo 14.2 dice que durante este periodo tienes los derechos y las obligaciones del puesto como si fueras de plantilla. Eso incluye cobrar tu salario, cotizar a la Seguridad Social y tener vacaciones generadas. La excepción son los derechos derivados de la resolución del contrato: cualquiera de las dos partes puede ponerle fin durante la prueba.

Dicho de otra forma: pueden terminar la relación sin alegar causa, pero no pueden dejar de pagarte lo que ya has trabajado.

Qué pasa cuando termina el periodo de prueba

  • Si nadie desiste antes de que acabe, el contrato produce plenos efectos y el tiempo trabajado cuenta para tu antigüedad.
  • Si estás de baja por incapacidad temporal, nacimiento, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o la lactancia, o violencia de género, el cómputo se interrumpe, siempre que lo acordéis ambas partes.

Si te despiden durante el periodo de prueba: ¿puedes cobrar el paro?

Sí, en determinados casos. El artículo 267 de la Ley General de la Seguridad Social considera situación legal de desempleo la resolución durante el periodo de prueba a instancia del empresario, con una condición: que la extinción del trabajo anterior se debiera a alguno de los supuestos que dan derecho a paro, o que hayan pasado tres meses desde esa extinción.

Además, tienes que haber cotizado el mínimo exigido. Si quieres saber qué cuantía te correspondería, consulta nuestra guía de cuánto cobro de paro. Si eres tú quien se va durante la prueba, la regla es distinta, por lo que conviene revisar tu caso antes de decidir.

Qué cobras si termina el contrato en la prueba

Aunque la relación termine, tienes derecho a cobrar los días trabajados, las vacaciones generadas y la parte proporcional de las pagas. El artículo 14 no menciona un plazo de preaviso ni una indemnización, pero tu convenio podría regularlos. La liquidación se calcula igual que en cualquier otro final de contrato: lo explicamos con un ejemplo en cómo calcular el finiquito.

  • Comprueba que el periodo de prueba consta por escrito en tu contrato
  • Revisa el máximo que fija tu convenio colectivo
  • Pide un certificado de empresa para solicitar el paro
  • Revisa que el finiquito incluye vacaciones y pagas proporcionales
  • Guarda tus nóminas y el contrato

Preguntas frecuentes

¿Pueden despedirme sin explicación durante el periodo de prueba?

La ley permite que cualquiera de las partes ponga fin al contrato durante la prueba, sin que se exija una causa concreta. La excepción son las situaciones de nulidad, como la de una trabajadora embarazada.

¿Puede la empresa pedirme un periodo de prueba si ya trabajé allí?

No, si has desempeñado las mismas funciones antes en la misma empresa, con cualquier tipo de contrato. El pacto sería nulo.

¿Cuenta el periodo de prueba para la antigüedad?

Sí. Si el contrato sigue adelante, el tiempo de la prueba se computa como antigüedad.

¿Cotizo durante el periodo de prueba?

Sí. La obligación de cotizar nace con el inicio del trabajo, incluido el periodo de prueba.

En resumen

  • El periodo de prueba debe constar por escrito y respetar el máximo del convenio o de la ley.
  • Sin convenio, el máximo general es de 2 meses (3 en empresas pequeñas) y 6 para técnicos titulados.
  • Durante la prueba conservas tus derechos laborales, salvo los derivados de la resolución del contrato.
  • Si te despide la empresa, puedes tener derecho al paro si cumples los requisitos.

Los límites pueden variar según tu convenio y tu caso. Si tienes dudas concretas, consulta con un graduado social, un abogado laboral o un sindicato.