El ingreso mínimo vital (IMV) es una prestación económica de la Seguridad Social que garantiza una renta mínima a las personas y los hogares en situación de vulnerabilidad económica. En 2026, la renta garantizada para una persona que vive sola es de 733,60 € al mes. Te explico quién puede pedirlo, cómo se calcula lo que te corresponde y dónde solicitarlo.
Qué es el ingreso mínimo vital
Según la Seguridad Social, es un derecho subjetivo y forma parte de su acción protectora. No es el paro ni un subsidio por haber trabajado: se concede por tu situación económica, aunque no hayas cotizado. La norma que lo regula es la Ley 19/2021, de 20 de diciembre.
- Renta garantizada
- Cantidad mínima de ingresos mensuales que el sistema asegura a tu hogar.
- Unidad de convivencia
- Grupo de personas que viven juntas y están unidas por vínculos como matrimonio, pareja de hecho o parentesco. Debe estar constituida de forma continuada durante al menos los seis meses anteriores a la solicitud.
- Vulnerabilidad económica
- Situación en la que los ingresos y el patrimonio de tu hogar no alcanzan los límites que fija la ley.
Requisitos principales
- Tener residencia legal y efectiva en España, de forma continuada e ininterrumpida, durante al menos el año anterior a la solicitud
- Estar en situación de vulnerabilidad económica
- Cumplir los requisitos de edad y de convivencia que correspondan a tu caso
- No superar el límite de patrimonio
No se exige el año de residencia a los menores incorporados al hogar por nacimiento, adopción o acogimiento, ni a las víctimas de trata de seres humanos y de explotación sexual o de violencia de género. Los requisitos deben cumplirse al presentar la solicitud y mantenerse mientras cobras la prestación.
Quién puede ser beneficiario individual
La Seguridad Social indica que pueden serlo las personas de al menos 23 años que, aunque compartan domicilio con otra unidad de convivencia, no se integren en ella, siempre que no estén casadas (salvo que hayan iniciado la separación o el divorcio), no sean pareja de hecho de otra persona y no formen parte de otra unidad. Entre los 23 y los 29 años se exige además haber vivido de forma independiente durante al menos los dos años anteriores.
Cuánto se cobra en 2026
La renta garantizada para un beneficiario individual es el 100 % de la pensión no contributiva anual dividido entre doce: 733,60 € al mes en 2026. Si tienes una discapacidad igual o superior al 65 %, esa cantidad aumenta un 22 %.
Hay un detalle importante: no cobras la renta garantizada completa, sino la diferencia entre ella y los ingresos de tu hogar, siempre que sea igual o superior a 10 € al mes.
| Concepto | Importe mensual |
|---|---|
| Renta garantizada (persona sola) | 733,60 € |
| Ingresos computables (supuesto) | −300,00 € |
| Prestación resultante | 433,60 € |
Computan como ingresos las pensiones y prestaciones, sean contributivas o no, públicas o privadas. Si ya cobras una pensión o un subsidio de desempleo para mayores de 52 años, la cuantía del IMV se reduce en consecuencia. Para esa situación, consulta nuestra guía del subsidio para mayores de 52 años.
Patrimonio: el límite que más sorprende
Aunque tus ingresos sean bajos, no se considera que haya vulnerabilidad económica si el patrimonio neto, sin contar la vivienda habitual, es igual o superior a tres veces la renta garantizada para una persona. En 2026, eso equivale a 26.409,60 €.
Cómo solicitarlo
- Usa el simulador oficial del IMV en la web de la Seguridad Social para comprobar si cumples los requisitos y calcular un importe aproximado.
- Reúne tu documentación: identidad (DNI, NIE o pasaporte), prueba de residencia legal y, si hace falta, certificados de empadronamiento histórico y colectivo.
- Presenta la solicitud en el servicio del Ingreso Mínimo Vital de la sede electrónica de la Seguridad Social.
- Pide ayuda si la necesitas: la Seguridad Social tiene un teléfono de información sobre el IMV, el 020.
Si eres extranjero, la residencia legal se acredita con la tarjeta de identidad de extranjero o la autorización de residencia. Si además has trabajado y cotizado, compara con nuestra guía de cuánto cobro de paro.
Obligaciones una vez concedido
- Comunicar cualquier cambio que pueda modificar, suspender o extinguir la prestación en un plazo de 30 días naturales.
- Comunicar los cambios de domicilio o de situación en el padrón en ese mismo plazo.
- Tener en cuenta que la cuantía se actualiza cada 1 de enero con los ingresos anuales del ejercicio anterior.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir el IMV si nunca he trabajado?
Sí. No exige cotizaciones previas, sino cumplir los requisitos de residencia, convivencia y vulnerabilidad económica.
¿El IMV es lo mismo que el paro?
No. El paro depende de tus cotizaciones. El IMV depende de tus ingresos y de tu patrimonio, y lo gestiona la Seguridad Social.
¿Es compatible con la ayuda por hijo a cargo?
No cuando se refiere a los mismos hijos y sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33 %. Si la cuantía del IMV es menor, debes elegir una de las dos.
¿Me lo darán seguro si lo pido?
No. Cada solicitud se estudia según tus ingresos, tu patrimonio y tu hogar. Usa el simulador y confirma tu caso con la Seguridad Social.
En resumen
- El IMV garantiza 733,60 € al mes a una persona sola en 2026, pero se cobra la diferencia con tus ingresos.
- Exige un año de residencia legal y efectiva y no superar el límite de patrimonio.
- Se solicita en la sede electrónica de la Seguridad Social, y el simulador te orienta antes de empezar.
Las cuantías y los requisitos se actualizan cada año. Comprueba siempre los datos vigentes en la web de la Seguridad Social y, ante un caso concreto, consulta con un graduado social, un trabajador social o un abogado.